CON
LA REFORMA FINANCIERA QUEDAN PROHIBIDAS
LAS
VENTAS ATADAS: CONDUSEF
La Comisión Nacional para la
Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF),
informa a los usuarios de servicios financieros que derivado de la publicación
de la Reforma Financiera, quedan prohibidas las ventas atadas en la
contratación de algún producto o servicio financiero.
De esta manera, se establece
la prohibición de condicionar la venta
o contratación de operaciones o servicios financieros a la contratación de otra
operación o servicio.
La
Reforma Financiera establece un periodo transitorio de 90 días para la
aplicación de estas disposiciones, es decir, a partir del 10 de Abril entrarán
en operación, plazo durante el cual las instituciones financieras deberán
realizar los ajustes necesarios para su implementación.
De esta manera, estarán prohibidas prácticas como
las siguientes:
·
Cuentas de Depósito. Ninguna institución
financiera podrá obligarte a contratar el servicio de Banca por Internet al
abrir una cuenta de depósito.
·
Pagaré liquidable al
vencimiento.
En la contratación de este tipo de instrumentos de ahorro, ya no se podrá
condicionar la apertura de una cuenta de depósito, como cuenta eje, con
determinada institución.
·
Créditos al consumo. En el caso de los
Créditos de Nómina, se prohíbe la condicionante de contratar un determinado
seguro de vida y/o de desempleo para solicitar este tipo de créditos. Es decir,
el cliente podrá hacerlo con la institución que más le convenga.
·
Crédito automotriz. Ya no se podrá obligar
al cliente a contratar el seguro de vida
con incapacidad total y permanente, así como el aseguramiento del vehículo con
el mismo grupo financiero o la aseguradora que tiene convenio con la
institución otorgante del crédito. Es decir, el cliente podrá hacerlo con la
institución que más le convenga.
·
Créditos garantizados a la
vivienda.
Al adquirir una vivienda, ya no te podrán obligar a contratar una cuenta de
cheques para realizar los depósitos de los pagos, la contratación de seguros de
vida con incapacidad total o permanente, así como seguros de daños sólo con la
aseguradora perteneciente al grupo financiero. Es decir, el cliente podrá
hacerlo con la institución que más le convenga.
Estas
prácticas serán sancionadas por la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de
Servicios Financieros, con lo que se prevé que en caso de los créditos, las
compañías de seguros deberán tener una mayor apertura en el mercado ofreciendo
productos que sean útiles tanto para los usuarios como para los otorgantes del
crédito, estimulando la competencia con mejores servicios y a mejores precios,
y desde luego con mayor transparencia en beneficio de los usuarios de productos
y servicios financieros.
De
esta manera, el usuario será quien decida la institución financiera que más le
convenga para contratar el servicio o producto financiero que requiera, y no
podrá ser condicionado a hacerlo con alguna institución determinada.
Para
cualquier duda o consulta adicional favor de comunicarse a CONDUSEF al teléfono
01 800 999 80 80 o bien, visitar nuestra página de internet www.condusef.gob.mx
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LIC. RENÉ GEREMÍAS TUN CASTILLO
Dirección General de Delegaciones Norte Sur
Delegación Estatal Yucatán
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